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Coerción para tres personas por fraude millonario en proyecto habitacional “Paraíso Dorado”

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PUERTO PLATA.-(República Dominicana).- Ante las evidencias aportadas por el Ministerio Público, un tribunal de Puerto Plata impuso, como medidas de coerción, el pago de un millón de pesos, presentación periódica e impedimento de salida del país contra tres personas investigadas por un fraude millonario, estafa y uso de documentos falsificados relacionado con el proyecto habitacional “Paraíso Dorado”.

La medida fue impuesta a Jesús Aldea Abian, de nacionalidad española, al abogado Pedro Pablo Pérez y a su esposa Griselda Antonia Calderón Taveras.

La acción judicial partió de una querella presentada por Dámaso Medrano Reyes, quien denunció haber sido víctima de la falsificación de su firma en un poder general, mediante el cual se otorgaban amplias facultades a su entonces socio Jesús Aldea Abián, para actuar en su nombre dentro del proyecto.

Según consta en la querella, los documentos falsificados fueron utilizados para desviar fondos de inversionistas hacia otras dos compañías: Guztrade SRL y Condular SRL, creadas junto a los también imputados Pedro Pablo Pérez y Griselda Antonia Calderón Taveras. A pesar de los pagos realizados, el proyecto, que debió levantarse en el municipio Puerto Plata, nunca fue construido.

El poder fue legalizado por el notario Rodolfo Morales Almonte y enviado al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) para análisis. El peritaje, mediante certificado No. DRN-075-2025, de fecha 26 de junio de 2025, confirmó que las firmas no corresponden al señor Medrano Reyes, validando la denuncia de falsificación.

Durante la audiencia la fiscal litigante Massiel Peña aportó suficientes evidencias ante la jueza Rosalba Francisco Parra, del Juzgado de la Instrucción de Puerto Plata, quien impuso la medida de coerción a los imputados.

Rosalía Vargas Gómez, fiscal investigadora del caso, continúa las diligencias para determinar la magnitud del fraude.

El caso ha recibido de manera preliminar la calificación jurídica de violación a los artículos 145, 146, 147, 148, 150, 151, 265, 266, y 408 del Código Penal dominicano.

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